CERMI. Comité Español de Representantes de Minusválidos

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Empleo


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Jornadas RDL 5/2002 ]


"Elevar el grado de integración social de las personas con discapacidad ha sido el gran objetivo del CERMI."

Trabajando por la integración: el empleo

La formación y el empleo han sido el ámbito en que más intensamente ha trabajado el CERMI, pues no en vano la integración laboral es el principal problema que tienen planteado los ciudadanos españoles con discapacidad.

Toda la actuación del CERMI en esta área ha girado en torno al Plan de Empleo para personas con discapacidad, un conjunto sistemático y coherente de medidas de fomento de la formación y el empleo que tenía como fin principal afrontar con rigor y energía la gravísima situación laboral por la que atraviesan las personas con discapacidad.

El Plan del Empleo del CERMI, tras un largo periplo de explicación de su contenido ante los poderes públicos, los agentes sociales y el propio movimiento asociativo, en el que obtuvo, entre otros, el respaldo del Consejo Económico y Social del Estado, fue presentado formalmente al Gobierno de la Nación en diciembre de 1996. Nueve meses después, y tras las negociaciones del CERMI con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Consejo de Ministros aprobaba, en octubre de 1997, el Plan de Medidas Urgentes para la Promoción del Empleo de las Personas con Discapacidad.

La importancia del Plan de Empleo, el primero dirigido a un grupo de población específico, aprobado previa negociación de su contenido con los representantes del sector, se pone de relieve en el hecho de que una vez en vigor, las políticas de empleo para las personas con discapacidad impulsadas por el Gobierno se han atenido a los principios y medidas recogidos en el Plan.

El desarrollo y aplicación de este Plan ha ido acompañado de un incremento significativo de las partidas presupuestarias dedicadas a la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad, con incrementos anuales del 30 y el 40%, lo que ha contribuido a dinamizar y hacer más efectivas las políticas públicas de empleo dirigidas a las personas con discapacidad.

Las 26 medidas que contiene el Plan se articulan en cuatro grandes bloques que hacen referencia a Participación Institucional, Formación Profesional, Intermediación Laboral y Contratación e Inserción Laboral.

En la actualidad, el Plan puede considerarse plenamente culminado, destacando por su significado y alcance los siguientes logros:

Participación Institucional

  • Creación del Consejo Estatal de Personas con Discapacidad, establecido por Orden conjunta de Presidencia de Gobierno de 17 de junio de 1999, y concebido como un órgano consultivo de la Administración General del Estado para todo lo relacionado con las políticas públicas de atención e integración de las personas con discapacidad. Tras la convocatoria pública del oportuno proceso para designar a los representantes del movimiento asociativo en ese Consejo, el CERMI ha resultado adjudicatario de 12 de las 13 Vocalías asignadas al sector, lo que habla de la representatividad y peso específico de la plataforma unitaria de representación de las personas con discapacidad. De igual modo, ha correspondido al CERMI, en concreto a su Presidente, D. Alberto Arbide Mendizábal, la Vicepresidencia 2ª de dicho órgano, quedando reservada la Presidencia y la Vicepresidencia 1ª, respectivamente, al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y a la Secretaría General de Asuntos Sociales. Una vez constituido formalmente en los primeres meses del año 2000, el Consejo Estatal dará inicio a sus actividades de consulta, estudio y propuesta sobre la realidad de las personas con discapacidad.
  • En este mismo bloque de participación institucional, otro de los avances conseguidos hasta el momento ha sido la decisión del Gobierno de la Nación de informar a las Comunidades Autónomas de la posibilidad de extender el Plan a sus respectivos territorios, en conexión con las plataformas representativas autonómicas.

Intermediación Laboral

  • Actualización de la base de datos de demandantes de empleo con discapacidad del INEM, en la que figuran registrados unos 40.000 trabajadores.
  • Consideración de los discapacitados como grupo prioritario a los efectos de las acciones derivadas del Plan Nacional de Acción para el Empleo, entre las cuales destacan:
    • Creación e implantación progresiva en los Servicios Públicos de Empleo de acciones de especialización en intermediación laboral con destino a los trabajadores con discapacidad.
    • Tratamiento prioritario de las personas con discapacidad en los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios.
    • Formalización de contrato programa en materia de formación con las entidades especializadas del sector de la discapacidad, como es el caso de la Asociación FSC-Discapacidad, en la que participa el CERMI.
    • Puesta en marcha de una Agencia de Colocación para personas con discapacidad, de ámbito estatal, integrada y especializada, dentro del marco legal de colaboración con el INEM para el desarrollo de políticas activas y de intermediación en el mercado de trabajo.

Formación Profesional

  • Adaptación de los cursos de Formación Profesional ocupacional a las necesidades y singularidades de los trabajadores con discapacidad.

Contratación e Inserción Laboral

  • Flexibilización de los requisitos de los trabajadores con discapacidad en los contratos formativos y en prácticas.
  • Actualización de la cuantía de las subvenciones e incentivos por la contratación indefinida de trabajadores minusválidos, que pasa de 500.000 a 650.000 pesetas y extensión de la misma a las contrataciones a tiempo parcial.
  • Reforma de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), por la cual se establece un nuevo sistema de cómputo a la hora de determinar las empresas de más de 50 trabajadores a las que se aplica la cuota y se aprueban medidas alternativas a la obligación de reserva de empleo para personas con discapacidad. Esta modificación legal, operada por las Leyes de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado de los años 98 y 99, culminó, tras meses de intensas y no siempre fáciles negociaciones con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con un acuerdo entre el CERMI y el Gobierno de la Nación que ha tenido su plasmación en el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% en favor de trabajadores con discapacidad en las empresas de más de 50 trabajadores. Se trata de una norma ambiciosa e innovadora, que abre una prometedora tercera vía entre los sistemas tradicionales de cuota y los de canon. A partir de ahora, las empresas de más de 50 trabajadores podrán optar por cumplir la cuota de reserva en los términos señalados por la LISMI o bien, en casos excepcionales y ateniéndose a unos determinados requisitos y condiciones, por el cumplimiento de las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto de referencia.
    Estas medidas alternativas son de tres tipos: 
    • adquisición de productos elaborados por Centros Especiales de Empleo o por discapacitados constituidos como trabajadores autónomos, en una determinada proporción al número de empleos de minusválidos no cubiertos por la empresa;
    • contratación de bienes y servicios de Centros Especiales de Empleo y minusválidos constituidos como trabajadores autónomos, en la misma proporción que para el caso anterior; y, finalmente,
    • donaciones en metálico a fundaciones y asociaciones de utilidad pública que tengan como objetivo, entre otros, el fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad.

    Esta norma abre nuevas e inéditas posibilidades para la inserción laboral de personas con discapacidad, puesto que además de reforzar por vía indirecta a los Centros Especiales de Empleo, puede atraer financiación, a través de las donaciones y las acciones de patrocinio, a las entidades que trabajan por la integración laboral.

  • Aplicación a los trabajadores con discapacidad de las medidas de fomento de empleo (empleo temporal).
  • Actualización y mejora del vigente sistema de apoyos al autoempleo de trabajadores minusválidos, así como la capitalización de las prestaciones por desempleo como medida de fomento del autoempleo de los minusválidos.
  • Extensión a la Economía Social de determinadas ayudas por la contratación de trabajadores con discapacidad.
  • Redefinición del modelo de Centro Especial de Empleo y de la relación laboral especial de los trabajadores con minusvalía que prestan sus servicios en estos Centros para permitir una mejor adaptación al mercado, con modulación de las subvenciones económicas a la creación de puestos de trabajo, en función de la composición de la plantilla.
  • Fijación en un 50% del salario mínimo interprofesional, sin posibilidad de reducción, de la subvención para mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
  • Tipificación como infracción grave el incumplimiento por parte del empresario de la cuota de reserva o de las medidas alternativas correspondientes, que junto a la multa (de 50.001 a 500.000 pesetas) lleva aparejada la inhabilitación para contratar con las Administraciones Públicas.
  • Aprobación, en el mes de abril del año 2000, por la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, que reúne al MTAS y a los Consejeros de Trabajo o Empleo de las Comunidades Autónomas, de previsiones para que en los Programas de Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se realice un especial seguimiento del cumplimiento de la reserva legal de empleo y de sus medidas alternativas en favor de las personas con discapacidad.

Otros avances en materia sociolaboral

Fuera formalmente del elenco de medidas del Plan de Empleo MTAS-CERMI, pero en íntima conexión con su propósito de favorecer el acceso de las personas con discapacidad al ámbito sociolaboral, pueden mencionarse otros avances conseguidos en este período como consecuencia de la capacidad de propuesta y negociación del CERMI, tales como:

  • Incorporación de iniciativas y medidas concretas dirigidas a favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad en los sucesivos Planes Nacionales de Empleo del Reino de España que, por mandato de la Cumbre de Luxemburgo de 1997, deben aprobar y aplicar anualmente todos los Estados miembro.
  • Desde 1997, recuperación automática de la pensión de invalidez, en su modalidad no contributiva, en caso de pérdida de empleo o de cese en la actividad, si se es trabajador autónomo, avance que se extiende también, y en los mismos términos, al subsidio de garantía de ingresos mínimos.
  • Inclusión de las personas con discapacidad entre los grupos preferentes para los que puede concertarse la nueva modalidad de contrato de trabajo pare el fomento de la contratación indefinida, extendiendo al mismo las bonificaciones sociales y ventajas fiscales del contrato indefinido de minusválidos.
  • En materia de normas sobre seguridad e higiene en el trabajo, adecuación a las necesidades de los trabajadores con discapacidad de los lugares de trabajo.
  • Ampliación mediante norma legal aprobada en 1998 y desarrollada a través del Real Decreto 6/1999, del concepto de familia numerosa, quedando comprendido en el mismo aquellas familias que tengan dos hijos y uno de ellos sea minusválido y esté incapacitado para el trabajo.
  • En la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, aprobada en 1999, ampliación de los derechos y beneficios reconocidos con carácter general, cuando se trata de padres y familiares de hijos con discapacidad.
  • Nueva regulación del reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, por medio del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, norma de gran trascendencia por la irradiación que esta declaración administrativa tiene en muy distintos ámbitos (laboral, Seguridad Social, educativo, fiscal, etc.).
  • Revisión al alza de los importes de las asignaciones familiares por hijo a cargo de la Seguridad Social, concediendo una cuantía mayor cuando se trata de hijos con discapacidad (Real Decreto-Ley 1/2000, de 14 de enero, sobre determinadas medidas de mejora de la protección familiar de la Seguridad Social).

Un Plan de Empleo para las Personas con Discapacidad en el Siglo XXI

El comienzo de una nueva legislatura y el cumplimiento casi total de los compromisos adquiridos por el Gobierno y el movimiento asociativo, representado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), en el Plan de Medidas Urgentes a favor del Empleo de las Personas Discapacitadas acordado por el Consejo de Ministros en Octubre de 1997, indica la oportunidad de poner en marcha un nuevo Plan de empleo para dicho colectivo para continuar mejorando las condiciones de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo durante los primeros años del siglo XXI. En ese sentido, el día 13 de noviembre de 2000, el Comité Ejecutivo del CERMI aprobó el documento titulado  "Un Plan de Empleo para las Personas con Discapacidad en el Siglo XXI" que servirá para dar un nuevo salto cualitativo en esta legislatura. El documento fue elaborado a partir de las propuestas de las Asociaciones miembros del CERMI recibidas en esta materia y del trabajo realizado por la Asesoría Jurídica del CERMI.

Con fecha 3 de diciembre de 2002, el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana Hernández-Soro, y el Presidente del CERMI, Mario García Sánchez, han firmado el Acuerdo sobre medidas para mejorar las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad por el que se aprueba el II Plan de Empleo MTAS-CERMI, que recoge las medidas más urgentes de entre las planteadas en el Plan de Empleo para las personas con discapacidad en el Siglo XXI del CERMI.

Documento de bases para un Plan de Empleo para Personas con Discapacidad en el ámbito de las Comunidades Autónomas

A petición de varios CERMIS Autonómicos, y como apoyo técnico, desde la Secretaría General del CERMI Estatal se ha elaborado un documento por el que se adaptan los contenidos del II Plan de Empleo MTAS-CERMI al ámbito de las Comunidades Autónomas, en función del actual reparto de competencias.

Este documento puede ser de utilidad a los CERMIS Autonómicos en sus relaciones con los Gobiernos territoriales en materia de integración laboral de personas con discapacidad. Como es obvio, en caso de ser utilizado, precisará de ajustes y concreciones a la realidad de cada Comunidad Autónoma.

Incentivos a la Contratación de Personas con Discapacidad

A continuación se ofrece un cuadro actualizado de los incentivos a la contratación de personas con discapacidad.

Información sobre Centros Especiales de Empleo calificados y registrados (Respuesta a la pregunta parlamentaria formulada por la diputada María Consuelo Rumí Ibáñez, del Grupo Socialista del Congreso, sobre Centros Especiales de Empleo calificados y registrados, así como trabajadores que prestan servicios en los mismos, a fecha 31-12-2002, y cuantía y ayudas destinadas a dichos centros desde el año 1998)

Documentos para descargar

 


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