CERMI. Comité Español de Representantes de Minusválidos
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"Elevar el grado
de integración social de las personas con discapacidad ha sido el gran objetivo
del CERMI."
Trabajando por la integración: el empleo
La formación y el empleo han sido el ámbito en
que más intensamente ha trabajado el CERMI, pues no en vano la integración
laboral es el principal problema que tienen planteado los ciudadanos españoles
con discapacidad.
Toda la actuación del CERMI en esta área ha
girado en torno al Plan de Empleo para personas con discapacidad, un conjunto
sistemático y coherente de medidas de fomento de la formación y el empleo que
tenía como fin principal afrontar con rigor y energía la gravísima situación
laboral por la que atraviesan las personas con discapacidad.
El Plan del Empleo del CERMI, tras un largo periplo
de explicación de su contenido ante los poderes públicos, los agentes sociales
y el propio movimiento asociativo, en el que obtuvo, entre otros, el respaldo
del Consejo Económico y Social del Estado, fue presentado formalmente al
Gobierno de la Nación en diciembre de 1996. Nueve meses después, y tras las
negociaciones del CERMI con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el
Consejo de Ministros aprobaba, en octubre de 1997, el Plan
de Medidas Urgentes para la Promoción del Empleo de las Personas con
Discapacidad.
La importancia del Plan de Empleo, el primero
dirigido a un grupo de población específico, aprobado previa negociación de
su contenido con los representantes del sector, se pone de relieve en el hecho
de que una vez en vigor, las políticas de empleo para las personas con
discapacidad impulsadas por el Gobierno se han atenido a los principios y
medidas recogidos en el Plan.
El desarrollo y aplicación de este Plan ha ido
acompañado de un incremento significativo de las partidas presupuestarias
dedicadas a la promoción de la integración laboral de las personas con
discapacidad, con incrementos anuales del 30 y el 40%, lo que ha contribuido a
dinamizar y hacer más efectivas las políticas públicas de empleo dirigidas a
las personas con discapacidad.
Las 26 medidas que contiene el Plan se articulan en
cuatro grandes bloques que hacen referencia a Participación Institucional,
Formación Profesional, Intermediación Laboral y Contratación e Inserción
Laboral.
En la actualidad, el Plan puede considerarse
plenamente culminado, destacando por su significado y alcance los siguientes
logros:
Participación
Institucional
- Creación del Consejo Estatal de Personas con
Discapacidad, establecido por Orden conjunta de Presidencia de Gobierno de
17 de junio de 1999, y concebido como un órgano consultivo de la
Administración General del Estado para todo lo relacionado con las
políticas públicas de atención e integración de las personas con
discapacidad. Tras la convocatoria pública del oportuno proceso para
designar a los representantes del movimiento asociativo en ese Consejo, el
CERMI ha resultado adjudicatario de 12 de las 13 Vocalías asignadas al
sector, lo que habla de la representatividad y peso específico de la
plataforma unitaria de representación de las personas con discapacidad. De
igual modo, ha correspondido al CERMI, en concreto a su Presidente, D.
Alberto Arbide Mendizábal, la Vicepresidencia 2ª de dicho órgano,
quedando reservada la Presidencia y la Vicepresidencia 1ª, respectivamente,
al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y a la Secretaría General de
Asuntos Sociales. Una vez constituido formalmente en los primeres meses del
año 2000, el Consejo Estatal dará inicio a sus actividades de consulta,
estudio y propuesta sobre la realidad de las personas con discapacidad.
- En este mismo bloque de participación
institucional, otro de los avances conseguidos hasta el momento ha sido la
decisión del Gobierno de la Nación de informar a las Comunidades
Autónomas de la posibilidad de extender el Plan a sus respectivos
territorios, en conexión con las plataformas representativas autonómicas.
Intermediación
Laboral
- Actualización de la base de datos de
demandantes de empleo con discapacidad del INEM, en la que figuran
registrados unos 40.000 trabajadores.
- Consideración de los discapacitados como grupo
prioritario a los efectos de las acciones derivadas del Plan Nacional de
Acción para el Empleo, entre las cuales destacan:
- Creación e implantación progresiva en los
Servicios Públicos de Empleo de acciones de especialización en
intermediación laboral con destino a los trabajadores con discapacidad.
- Tratamiento prioritario de las personas con
discapacidad en los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios.
- Formalización de contrato programa en
materia de formación con las entidades especializadas del sector de la
discapacidad, como es el caso de la Asociación FSC-Discapacidad, en la
que participa el CERMI.
- Puesta en marcha de una Agencia de
Colocación para personas con discapacidad, de ámbito estatal,
integrada y especializada, dentro del marco legal de colaboración con
el INEM para el desarrollo de políticas activas y de intermediación en
el mercado de trabajo.
Formación Profesional
- Adaptación de los cursos de Formación
Profesional ocupacional a las necesidades y singularidades de los
trabajadores con discapacidad.
Contratación e
Inserción Laboral
- Flexibilización de los requisitos de los
trabajadores con discapacidad en los contratos formativos y en prácticas.
- Actualización de la cuantía de las
subvenciones e incentivos por la contratación indefinida de trabajadores
minusválidos, que pasa de 500.000 a 650.000 pesetas y extensión de la
misma a las contrataciones a tiempo parcial.
- Reforma de la Ley de Integración Social de los
Minusválidos (LISMI), por la cual se establece un nuevo sistema de cómputo
a la hora de determinar las empresas de más de 50 trabajadores a las que se
aplica la cuota y se aprueban medidas alternativas a la obligación de
reserva de empleo para personas con discapacidad. Esta modificación legal,
operada por las Leyes de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del
Estado de los años 98 y 99, culminó, tras meses de intensas y no siempre
fáciles negociaciones con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con
un acuerdo entre el CERMI y el Gobierno de la Nación que ha tenido su
plasmación en el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se
establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de
la cuota de reserva del 2% en favor de trabajadores con discapacidad en las
empresas de más de 50 trabajadores. Se trata de una norma ambiciosa e
innovadora, que abre una prometedora tercera vía entre los sistemas
tradicionales de cuota y los de canon. A partir de ahora, las empresas de
más de 50 trabajadores podrán optar por cumplir la cuota de reserva en los
términos señalados por la LISMI o bien, en casos excepcionales y
ateniéndose a unos determinados requisitos y condiciones, por el
cumplimiento de las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto de
referencia.
Estas medidas alternativas son de tres tipos:
- adquisición de productos elaborados por
Centros Especiales de Empleo o por discapacitados constituidos como
trabajadores autónomos, en una determinada proporción al número de
empleos de minusválidos no cubiertos por la empresa;
- contratación de bienes y servicios de
Centros Especiales de Empleo y minusválidos constituidos como
trabajadores autónomos, en la misma proporción que para el caso
anterior; y, finalmente,
- donaciones en metálico a fundaciones y
asociaciones de utilidad pública que tengan como objetivo, entre otros,
el fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad.
Esta norma abre nuevas e inéditas
posibilidades para la inserción laboral de personas con discapacidad,
puesto que además de reforzar por vía indirecta a los Centros Especiales
de Empleo, puede atraer financiación, a través de las donaciones y las
acciones de patrocinio, a las entidades que trabajan por la integración
laboral.
- Aplicación a los trabajadores con discapacidad
de las medidas de fomento de empleo (empleo temporal).
- Actualización y mejora del vigente sistema de
apoyos al autoempleo de trabajadores minusválidos, así como la
capitalización de las prestaciones por desempleo como medida de fomento del
autoempleo de los minusválidos.
- Extensión a la Economía Social de determinadas
ayudas por la contratación de trabajadores con discapacidad.
- Redefinición del modelo de Centro Especial de
Empleo y de la relación laboral especial de los trabajadores con
minusvalía que prestan sus servicios en estos Centros para permitir una
mejor adaptación al mercado, con modulación de las subvenciones
económicas a la creación de puestos de trabajo, en función de la
composición de la plantilla.
- Fijación en un 50% del salario mínimo
interprofesional, sin posibilidad de reducción, de la subvención para
mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad
en Centros Especiales de Empleo.
- Tipificación como infracción grave el
incumplimiento por parte del empresario de la cuota de reserva o de las
medidas alternativas correspondientes, que junto a la multa (de 50.001 a
500.000 pesetas) lleva aparejada la inhabilitación para contratar con las
Administraciones Públicas.
- Aprobación, en el mes de abril del año 2000,
por la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, que reúne al MTAS y a
los Consejeros de Trabajo o Empleo de las Comunidades Autónomas, de
previsiones para que en los Programas de Actuación de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social se realice un especial seguimiento del
cumplimiento de la reserva legal de empleo y de sus medidas alternativas en
favor de las personas con discapacidad.
Otros avances en
materia sociolaboral
Fuera formalmente del elenco de medidas del Plan de
Empleo MTAS-CERMI, pero en íntima conexión con su propósito de favorecer el
acceso de las personas con discapacidad al ámbito sociolaboral, pueden
mencionarse otros avances conseguidos en este período como consecuencia de la
capacidad de propuesta y negociación del CERMI, tales como:
- Incorporación de iniciativas y medidas
concretas dirigidas a favorecer la integración laboral de las personas con
discapacidad en los sucesivos Planes Nacionales de Empleo del Reino de
España que, por mandato de la Cumbre de Luxemburgo de 1997, deben aprobar y
aplicar anualmente todos los Estados miembro.
- Desde 1997, recuperación automática de la
pensión de invalidez, en su modalidad no contributiva, en caso de pérdida
de empleo o de cese en la actividad, si se es trabajador autónomo, avance
que se extiende también, y en los mismos términos, al subsidio de
garantía de ingresos mínimos.
- Inclusión de las personas con discapacidad
entre los grupos preferentes para los que puede concertarse la nueva
modalidad de contrato de trabajo pare el fomento de la contratación
indefinida, extendiendo al mismo las bonificaciones sociales y ventajas
fiscales del contrato indefinido de minusválidos.
- En materia de normas sobre seguridad e higiene
en el trabajo, adecuación a las necesidades de los trabajadores con
discapacidad de los lugares de trabajo.
- Ampliación mediante norma legal aprobada en
1998 y desarrollada a través del Real Decreto 6/1999, del concepto de
familia numerosa, quedando comprendido en el mismo aquellas familias que
tengan dos hijos y uno de ellos sea minusválido y esté incapacitado para
el trabajo.
- En la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y
Laboral, aprobada en 1999, ampliación de los derechos y beneficios
reconocidos con carácter general, cuando se trata de padres y familiares de
hijos con discapacidad.
- Nueva regulación del reconocimiento,
declaración y calificación del grado de minusvalía, por medio del Real
Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, norma de gran trascendencia por la
irradiación que esta declaración administrativa tiene en muy distintos
ámbitos (laboral, Seguridad Social, educativo, fiscal, etc.).
- Revisión al alza de los importes de las
asignaciones familiares por hijo a cargo de la Seguridad Social, concediendo
una cuantía mayor cuando se trata de hijos con discapacidad (Real
Decreto-Ley 1/2000, de 14 de enero, sobre determinadas medidas de mejora de
la protección familiar de la Seguridad Social).
Un Plan de Empleo para las
Personas con Discapacidad en el Siglo XXI
El comienzo de una nueva legislatura y el
cumplimiento casi total de los compromisos adquiridos por el Gobierno y el
movimiento asociativo, representado por el Comité Español de Representantes de
Personas con Discapacidad (CERMI), en el Plan de Medidas Urgentes a favor del Empleo de las
Personas Discapacitadas acordado por el Consejo de Ministros en Octubre de 1997,
indica la oportunidad de poner en marcha un nuevo Plan de empleo para dicho
colectivo para continuar mejorando las condiciones de las personas con
discapacidad en el mercado de trabajo durante los primeros años del siglo XXI.
En ese sentido, el día 13 de noviembre de 2000, el Comité Ejecutivo del CERMI
aprobó el documento titulado "Un
Plan de Empleo para las Personas con Discapacidad en el Siglo XXI"
que servirá para dar un nuevo salto cualitativo en esta legislatura. El
documento fue elaborado a partir de las propuestas de las Asociaciones
miembros del CERMI recibidas en esta materia y del trabajo realizado por la
Asesoría Jurídica del CERMI.
Con fecha 3 de diciembre de 2002, el Ministro de
Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana Hernández-Soro, y el Presidente del
CERMI, Mario García Sánchez, han firmado el Acuerdo
sobre medidas para mejorar las oportunidades de empleo de las personas con
discapacidad por el que se aprueba el II
Plan de Empleo MTAS-CERMI, que recoge las medidas más urgentes de
entre las planteadas en el Plan de Empleo para las personas con discapacidad
en el Siglo XXI del CERMI.
Documento de bases para un Plan de Empleo para Personas con
Discapacidad en el ámbito de las Comunidades Autónomas
A petición de varios CERMIS Autonómicos, y como apoyo técnico, desde
la Secretaría General del CERMI Estatal se ha elaborado un documento por
el que se adaptan los contenidos del II Plan de Empleo MTAS-CERMI al
ámbito de las Comunidades Autónomas, en función del actual reparto de
competencias.
Este documento puede ser de utilidad a los CERMIS Autonómicos en sus
relaciones con los Gobiernos territoriales en materia de integración
laboral de personas con discapacidad. Como es obvio, en caso de ser
utilizado, precisará de ajustes y concreciones a la realidad de cada
Comunidad Autónoma.
Incentivos a la Contratación de Personas con
Discapacidad
A continuación se ofrece un cuadro actualizado de los incentivos a la
contratación de personas con discapacidad.
Información
sobre Centros Especiales de Empleo calificados y registrados (Respuesta
a la pregunta parlamentaria formulada por la diputada María Consuelo Rumí Ibáñez, del
Grupo Socialista del Congreso, sobre Centros Especiales de Empleo calificados y
registrados, así como trabajadores que prestan servicios en los mismos, a fecha
31-12-2002, y cuantía y ayudas destinadas a dichos centros desde el año 1998)
Documentos para descargar
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